jueves, 15 de octubre de 2009

LOS DICTÁMENES DE LAS JUNTAS DE CALIFICACIÓN DE INVALIDEZ NO SON PRUEBAS SOLEMNES NI INDISCUTIBLES PARA EL JUEZ LABORAL.

El Alto Tribunal señaló que en virtud de la facultad del juzgador para apreciar libremente la prueba, este puede acoger del dictamen aquellos elementos de convicción que le den mayor credibilidad o desestimarlos y apoyarse en otros medios técnicos científicos como la prueba pericial (M.P. Luis Javier Osorio López - Corte Suprema de Justicia Sala Laboral, Sentencia 31062 de 18 de Marzo del 2009).

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